Estaciones de Servicios MÓVILES

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/336062/20251212?busqueda=2

En el enlace se puede conocer la Resolución 504/2025 de la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, por la cual se habilita y reglamenta el funcionamiento de las «Bocas de expendio de combustibles móviles».

En los Anexos correspondientes se pueden conocer los detalles de las condiciones que deben reunir como, asimismo, los requerimientos para su inscripción en el registro de la Resolución 1102/2004.

En el ANEXO 1, se detalla: «PROCEDIMIENTO y CONDICIONES TÉCNICAS Y REGISTRALES PARA EL EXPENDIO DE
COMBUSTIBLES LÍQUIDOS BAJO LA MODALIDAD DE ESTACIÓN DE SERVICIO MODULAR PORTÁTIL (VENTA MINORISTA)«.

https://drive.google.com/file/d/1zdDi3Fe15LrF5HRfxreU_7EN0ty0Nk3R/view?usp=sharing

En el ANEXO 2 se especifican «PROCEDIMIENTO Y CONDICIONES TÉCNICAS Y REGISTRALES PARA EL EXPENDIO DE
COMBUSTIBLES LÍQUIDOS BAJO LA MODALIDAD DE ESTACIÓN DE SERVICIO MÓVIL CISTERNA«.

https://drive.google.com/file/d/1Qjvteoc_Ey4l1QBqS9oeQzrfLYGOereD/view?usp=sharing

El ANEXO 3 contiene el «Anexo de Informe de Auditoría (Protocolo Estación Modular)«.

https://drive.google.com/file/d/1NlVxXjF6ZK_31V0yiyQ2WMpZsfEq4MGs/view?usp=sharing