Comuicado de la Cámara de Rosario: Peligro de subsistencia de las EESS
Fuente: rosario3.com
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El Gobierno ve posible instalar el autodespacho de combustibles en las Estaciones de Servicio
En diferentes países del mundo, conviven el autoconsumo de combustibles y la operatoria tradicional, pero a nivel nacional, son varias las provincias que tienen prohibida la posibilidad de que el automovilista pueda manipular el surtidor para encargarse por sí mismo de cargar nafta, gasoil o GNC en su propio vehículo.
No obstante esta limitación, la modalidad comenzó a ser bien vista por el Gobierno. Así lo confirmó el flamante subsecretario de Combustibles Líquidos, Luis de Ridder, quien expresó ante la consulta de este medio, que “toda acción que mejore la productividad, permita reducir el tiempo de carga y que además que sea demandada por los conductores, hay que tratar de implementarla”.
Destacan que es posible el autoservicio de combustibles sin prescindir de los playeros
El funcionario, sin embargo, considera que solo podría ser aplicable en las metrópolis, porque fuera de ellas “quizás haya inconvenientes de falta total de bancarización”.
La posibilidad de instalar el sistema “self service” había cobrado fuerza hace algunos años durante la gestión de Mauricio Macri. En aquella oportunidad, la Secretaría de Energía había propuesto una iniciativa cuya característica principal era no ser obligatorio y que aquellas Estaciones de Servicio que lo utilizaran, debían compartir con el modo “asistido” por un operario.
Asimismo, la normativa en cuestión obligaba a que siempre haya personal de refuerzo por razones de seguridad, que se debía disponer de guantes para los usuarios y la instalación de un botón que apague automáticamente el surtidor.
¿Por qué aún no se implementó el autoservicio de combustibles en la Argentina?
El Ministerio de Capital Humano comenzó a homologar los convenios salariales de los trabajadores de Estaciones de Servicio
Se trata del primer acuerdo, correspondiente al otorgamiento de una suma fija de $80000 en el mes de enero.
A través de dos resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, dependiente del Ministerio de Capital Humano, homologó los aumentos salariales acordados por la Confederación de Entidades del Comercio de los Hidrocarburos (CECHA), Federación de Empresarios de Combustibles (FECRA) y la Cámara de Expendedores de GNC (CeGNC).
Se trata del otorgamiento de una suma fija de $80000 durante el mes de enero de carácter no remunerativo a cuenta de la negociación paritaria 2023/24, “en atención a la situación extraordinaria que atraviesa el sector”, consigna el texto.
Sugieren a los estacioneros cómo actuar ante la falta de homologación de los convenios salariales
La aprobación por parte de la dependencia que conduce Sandra Pettovello corresponde al primer convenio de este año. “Restan aún algunos más; confiamos que se van a homologar en los próximos días”, señaló al respecto el secretario general adjunto del SOESGyPE, Carlos Acuña (h).
Las actualizaciones a las que refiere el dirigente, conciernen a una recomposición que conformó un inicial para un operario de playa de $543.191, al que se le adicionó un 16 por ciento de asistencia y manejo de fondos, más las horas correspondientes al cierre de caja y el 5 por ciento de título secundario.
Además, durante febrero se estableció un nuevo incrementó sobre el básico, de un 14 por ciento sobre las remuneraciones de enero en carácter no remunerativo al solo efecto de la cargas patronales al Estado, y en marzo un porcentaje similar, pero esta vez en condición de remunerativo sobre los haberes de febrero.
Acuña: “Nuestro acuerdo salarial quedó tácitamente homologado”
NUEVA REUNIÓN
Durante la mañana de ayer, los dirigentes gremiales se reunieron con representantes de las Cámaras empresarias para delinear el esquema salarial correspondiente al mes de abril.
Al respecto, Acuña expresó que no lograron ponerse de acuerdo, razón por la cual establecieron un nuevo encuentro durante los próximos días para continuar con las negociaciones.
Ventas Clandestinas de Combustibles
Las ventas de combustibles realizada en lugares no habilitados a tal efecto o bien por métodos o procedimientos que no son los que las normas regulan, pueden ser consideradas como delito.
La resolución de la Secretaría de Energía de la Nación 1102 del año 2004, establece las normas y los procedimientos. https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/100000-104999/102640/texact.htm
Entre éstos, quedan claramente tipificados los distintos alcances, de quienes están habilitados para ejercer la comercialización. En ese sentido, cada estación de servicios debe cumplir no solo con las exigencias del municipio en donde opera sino que, también, con normas de carácter nacional. Esto es en resguardo, principalmente, de la seguridad, cuidado del medio ambiente, de la cantidad y calidad de los productos que despacha y el estado de las instalaciones.
La exigencia es tal que si se registra incumplimiento de algún tipo, se la puede sancionar con multas, clausura parcial o total. La medida puede alcanzar al proveedor de igual modo.
Pero no solo las Estaciones de Servicios deben estar habilitadas sino que, también, todo depósito de almacenamiento de combustibles lo debe estar ya sea para consumo propio, para provisión de flotas, agro o bien para distribución mayoristas.
Ningún establecimiento que tenga instalaciones de este tipo está habilitado para venta al por menor y si lo hiciera, esa venta es clandestina y podría tipificarse como delito.
De detectarse irregularidades de este tenor, es necesario denunciar con elementos que prueben tal existencia mencionando: lugar exacto donde se produce, fotos del despacho y, si fuese posible, factura de compra. Cualquier otro elemento que ayude a identificar las instalaciones y al infractor, será de mucha ayuda.
Por lo general estos sitios son un potencial siniestro ya que no cuentan con los sistemas de seguridad exigidos ni con personal experimentado en la manipulación de inflamables. El riesgo no solo es para quienes estén en las instalaciones sino también para quienes concurren ocasionalmente y para los locales vecinos.