Reintegro del arancel abonado al INTI
Reintegro del arancel abonado al INTI por la comprobación volumétrica.
Para recibir el reintegro, Uds. deben adherirse al mismo.-
Si Ud. aún no se ha adherido a este beneficio y es Socia/o ACTIVA/O, por favor, consúltenos a la brevedad.
Antigüedad: Acuerdo 2015
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a losÍ días del mes de agosto de 2015
. comparecen por la parte sindical el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE
ESTACIONES DE SERVICIO Y G.N.C.. GARAGES, PLAYAS DE
ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS (SOESGYPE). representado en este acto
por CARLOS ALBERTO ACUÑA. SERGIO CANTERO , PABLO H MARTINEZ ,
WALTER ACUÑA y la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE
ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES. PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO,
LAVADEROS de AUTOS Y GOMERÍAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
(FOESGRA) representada por CARLOS ALBERTO ACUÑA , ANDRES DOÑA ,
MARCELO GUERRERO y por la parte empleadora la ASOCIACION
ESTACIONES DE SERVICIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA ( A.E.S ),
representada en este acto por Sr. Alberto Vázquez en su carácter de Presidente ,
La representación empresana ( AE S ) y el sector sindical (SOESGYPE FOESGRA
i. manifiestan que han arribado al siguiente acuerdo.
ARTICULO 11 ADICIONAL POR ANTIGÜEDAD. Por cada año aniversario de
antigüedad que el trabajador cumpla en el establecimiento, contados
desde su fecha de ingreso, percibirá un dos por ciento (2%) de la
remuneración básica de su categoría de revista, en concepto de adicional
por antigüedad, hasta alcanzar los veinte años de antigüedad inclusive. A
partir de cumplir los veintiún años de antigüedad, el adicional por
antigüedad sera de tres por ciento (3%) de la remuneración básica de su
categoría de revista, por cada año adicional de antigüedad. Queda aclarado
que el incremento de la alícuota del adicional no resulta de aplicación con
relación a la antigüedad acumulada hasta los primeros veinte años, período
respecto del cual la alícuota seguirá siendo del dos por ciento (2%) anual. A
modo de ejemplo, se establece que un trabajador con veinticinco años de
antigüedad tiene derecho a percibir un adicional del cincuenta y cinco por
ciento (55%). Se adjunta planilla ejemplificativa que form a parte del
presente identificada como ANEXO A,
Ambas partes manifiestan que la presente acta será ratificada ante el Ministerio de
Trabajo. Empleo y Segundad Social en la audiencia que a tal efecto se designe,
acompañando las correspondientes planillas salariales y solicitando su
homologación, suscribiendo dos ejemplares de la presente, de un mismo tenor y el
ACTA ACUERDO A REGIR A PARTIR DEL MES DE ABRIL DE 2016
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 317/9 9 A.E.S. - S.O.E.S.G. Y P.E.
ESCALA SALARIAL - RUBRO ANTIGÜEDAD
AÑ O N° PORCENTAJE ANTIGÜEDA D
1 2
2 4
3 6
4 8
5 10
6 12
7 14
8 16
9 18
10 20
11 22
12 24
13 26
14 28
15 30
16 32
17 34
18 36
19 38
20 40
21 43
22 46
23 49
24 52
25 55
Y ASI PROGRESIVAMENTE
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 7 días del mes de agosto
de 2015 . dentro del Expediente N° 1659621/15, por la parte sindical el
SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE
SERVICIO Y G.N.C., GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y
LAVADEROS (SOESGYPE), representado en este acto por CARLOS
ALBERTO ACUÑA y PABLO H MARTINEZ con adhesión de FOESGRA,
representada por MARCELO GUERRERO y la ASOCIACION
ESTACIONES DE SERVICIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AES),
representada en este acto por ALBERTO HÉCTOR VÁZQUEZ en su
carácter de Presidente manifiestan que dejan absolutamente en claro,
que lo acordado en concepto de "adicional por antigüedad" (y que
modificara a futuro el Art 11 del CCT 317/99), se incorporará al articulado,
y comenzara a regir desde el mes de abril de 2016, tal como consta en la
planilla Anexa que todas las partes han acordado y firmado
AUTODESPACHO
A través del enlace se puede acceder de la publicación en el Boletín Oficial.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/323643/2025040
ANEXOS:
El Gobierno Nacional definió los lineamientos para el autodespacho de combustible en todo el país
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía de la Nación publicó, a través de la Resolución 147/2025, el procedimiento y las condiciones de seguridad que tendrán que cumplir las estaciones de servicio para operar en la modalidad de autodespacho de combustible líquido.
El nuevo procedimiento será más fácil y más rápido debido a que se quitan diferentes trabas burocráticas. Por ejemplo, se le brinda más autonomía a los operadores, que ya no tendrán que pedir autorización a la Secretaría de Energía antes de adaptar la estación para el autodespacho.
Además, una vez finalizados los trabajos, la entidad auditora presentará la documentación ante la Secretaría de Energía y en ese momento la estación ya podrá comenzar a funcionar en esta nueva modalidad, evitando demoras para la empresa.
Cabe destacar que la implementación del autodespacho de combustible líquido será optativa, a elección de los expendedores, quienes podrán aplicarla en sus instalaciones de forma total, simultánea o alternada.
La desregulación de este sector, que comenzó con el Decreto 46/25 de enero de este año, tendrá un beneficio directo para los usuarios ya que garantizará un servicio continuo durante las 24 horas, a la vez que le dará más libertad a los estacioneros.
En este sentido, la medida permitirá la aplicación de nuevos modelos y tecnologías, la optimización de la seguridad y funcionalidad de las instalaciones y su adaptabilidad en función de la demanda.
Por último, el autodespacho ofrecerá una garantía para la integridad física de los trabajadores de las estaciones de servicio que, en determinadas zonas del país, se ven expuestos durante el horario nocturno a reiteradas situaciones de violencia e inseguridad.
A su vez, para hacer posible esta nueva modalidad, será importante la responsabilidad de los operadores para trabajar de manera profesional, cumpliendo los lineamientos de la resolución de la Secretaría.
Con esta medida, el Gobierno Nacional avanza en su camino por garantizar una amplia libertad en la circulación de bienes y servicios y de simplificar y eliminar las trabas burocráticas que afectan su normal prestación, promoviendo el desarrollo de la industria y ampliando la oferta de servicios para los consumidores.
Pago de combustibles con tarjetas en estaciones de servicio
BUENOS AIRES.- En primer lugar, Vicente Impieri, presidente de la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines (CECHA) y de la Federación de Expendedores de Combustibles (FECRA), indicó que, en relación a las estaciones de servicios, “el 50 por ciento de los pagos se realizan con tarjetas de crédito-débito”.
https://www.surenio.com.ar/pago-de-combustibles-con-tarjetas-en-estaciones-de-servicio/
Las estaciones de servicio buscan ayuda en el Congreso
Con este reclamo y el objetivo de plantear el tratamiento de un proyecto que corrija estas situaciones, dirigentes de la Cámara que agrupa a empresarios dueños de estaciones de servicio (CECHA) participaron el martes de una reunión con las comisiones de Comercio y de Defensa del Consumidor de la Cámara de Diputados.
¿Cómo liquidar el acuerdo Paritario 2023?
Recibimos, por parte de la CAC, el video del webinar dictado el pasado 26 de abril y que está referido en la forma correcta para liquidar los sueldos de los empleados de comercio.
Si bien los acuerdos no son exactamente iguales. sí hay puntos de coincidencias sobre consultas que muy a menudo se hacen y están expuestas en esta clase que, esperamos, les sea de utilidad.
https://youtu.be/XAmLaoGOMrU
Reanimación Cardiopulmonar Habilidades que ayudan a SALVAR VIDAS
Organizado por esta Cámara, el 31 de mayo se dictará un curso de RCP dirigido a Operarias/os de EESS en la ciudad de Concepción del Uruguay. Se ha comunicado por correo pero, si necesita mayor información, comuníquese por este medio o por correo a cecaer@cecaer.com.ar. Cordial saludo